Las cuentas anuales serán aprobadas por el Patronato en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio, sin que pueda delegar esta función en otros órganos de la Fundación. Las cuentas aprobadas serán firmadas en todas sus hojas por el Secretario del patronato, con el visto bueno del Presidente. Las cuentas anuales y, en su caso, el informe de auditoría se presentarán al Protectorado dentro del plazo de 10 días hábiles desde su aprobación.
Fundaciones inscritas en el Registro subsistente de Fundaciones de Competencia Estatal del Ministerio Educación, Cultura y Deporte y cuyo protectorado es ejercicio por dicho Departamento.
Presentando la solicitud acompañada de la documentación requerida.
Normativa de referencia:
Puede solicitar información en la Subdirección General del Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
91 3625271