La Ley exige que en los Estatutos conste la denominación de la fundación, que no podrá coincidir o asemejarse, de manera que pueda crear confusión con ninguna otra previamente inscrita en los Registros de Fundaciones. Para ello, debe solicitarse del Registro de Fundaciones una certificación de que una determinada denominación está o no está previamente inscrita.
Interesados en la constitución de una fundación.
Presentando la solicitud acompañada de la documentación requerida.
Normativa de referencia:


Puede solicitar información en la Subdirección General del Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
91 3625270