El Patronato comunicará trimestralmente al Protectorado las enajenaciones de valores cotizados que haya efectuado, previa obtención de la correspondiente autorización otorgada por el propio Protectorado. Este podrá revocar la autorización cuando las operaciones sean lesivas para los intereses de la Fundación, sin perjuicio de la eficacia de las operaciones ya efectuadas.
Fundaciones inscritas en el Registro subsistente de Fundaciones de competencia estatal del Ministerio Educación , Cultura y Deporte y cuyo protectorado es ejercido por dicho Departamento.
Presentando la solicitud acompañada de la documentación requerida.
Normativa de referencia:
Puede solicitar información en la Subdirección General del Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
91 3625270