Las fundaciones, siempre que no lo haya prohibido el fundador, podrán fusionarse previo acuerdo de los respectivos Patronatos, que se comunicará al Protectorado.
Fundaciones inscritas en el Registro subsistente de Fundaciones de competencia estatal del Ministerio Educación, Cultura y Deporte y cuyo protectorado es ejercicio por dicho Departamento.
Presentando la solicitud acompañada de la documentación requerida.
Normativa de referencia:


Puede solicitar información en la Subdirección General del Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
